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Quiénes Somos
Objetivos
  • Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos.
  • Transparentar la gestión publica mediante la difusión de información oportuna, verificable y relevante que generen los sujetos obligados.
  • Garantizar la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados.
  • Mejorar los niveles de participación ciudadana en la toma de decisiones públicas y en la evaluación de las políticas públicas,
  • Contribuir a la consolidación de la democracia y la plena vigencia del estado de derecho.
Directorio
Consejo General


Lic. Genaro V. Vásquez Colmenares
Comisionado Presidente
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: genarovasquez@ieaip.org
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Dr. Raúl Ávila Ortiz
Comisionado
Profesión: Dr. en Derecho
E-mail: dravila@ieaip.org
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Lic. Alicia Aguilar Castro
Comisionada
Profesión: Lic. en Educación
Esp. Ciencias Sociales
E-mail: aliciaaguilar@comisionada.ieaip.org
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Secretarías


Lic. Luisa Adriana Vasseur Sánchez
Secretaria Técnica
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: adrianavasseur@ieaip.org
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Lic. Luis Antonio Ortiz Vásquez
Secretario General
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: luis@secretariageneral.ieaip.org
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Direcciones

Lic. Jorge Armando Zárate Medina
Director Administrativo
Profesión: Lic. en Administración de Empresas
E-mail: jorgezarate@direccionadministrativa.ieaip.org
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Lic. Melina Reyes Escamilla
Director Jurídico
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: melina@direccionjuridica.ieaip.org
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Lic. Ma. Elisa Ruíz Hernández
Directora de Promoción
Comunicación y Capacitación
Lic. en Comunicación Social
E-mail:elaruiz@ieaip.org
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Coordinación

Lic. Montserrat Reyna Arias
Coordinadora Administrativa.
Lic. en Administración de Empresas
E-mail:montserrat@ieaip.org
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Unidades

Lic. Ana Cecilia Carlín Castillo
Jefa de la Unidad de Capacitación
Profesión: Lic. en Ciencias de la Educación
E-mail: anacecilia@unidadcapacitacion.ieaip.org
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Lic. Amira Azucena Cruz Ramírez
Unidad de Comunicación y Difusión
Profesión: Lic. en Comunicación
E-mail: amira@unidaddifusion.ieaip.org
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Lic. Mario Jiménez Noriega
Jefe de la Unidad de
Informática y Sistemas
Profesión: Lic. en Informática
E-mail: mariojimenez@unidadinformatica.ieaip.org
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Lic. Rosario Ponce de León Cortés
Jefa de la Unidad del Registro
Esttal de Datos Personales
Profesión: Lic. en Economía
E-mail: charo@ieaip.org
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Lic. Rosario Barranco Sánchez
Jega de la Unidad de Normatividad
Archivística
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: rosario@unidadarchivistica.ieaip.org
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C.P. Rosalba Luis López
Contralora Interna
Profesión: Lic. en Contaduría Pública
E-mail: rosalbaluis@contraloriainterna.ieaip.org
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Departamentos


Lic. Elsa Antonia Román Torres
Jefa del Depto. de Unidad de Enlace
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: elsaroman@deptoaccesoinformacion.ieaip.org
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C. Luis Román Guzmán Jiménez
Jefe del Depto. de Coordinación de Unidades de Enlace
y Comités de Información
E-mail: luisroman@unidadenlace.ieaip.org
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Ing. Luis Sadot Hipólito Cruz
Jefe del Depto. de
Informática y Sistemas
Profesión: Ing. Electrónica
E-mail: luissadot@deptoinformatica.ieaip.org
Versión Pública Curricular

Lic. Mayra Cortés Martínez
Jefa del Depto. de Recursos Humanos
Profesión: Lic. en Administración de Empresas
E-mail: mayracortes@recursoshumanos.ieaip.org
Versión Pública Curricular

Lic. Juán Carlos González Porras
Jefe del Depto. de Servicios Generales
Profesión: Lic. en Derecho
E-mail: juancarlos@deptoserviciosgenerales.ieaip.org
Versión Pública Curricular


Organigrama

20 Preguntas Frecuentes 1.- ¿Qué es el IEAIP?

Es el Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP), un organismo público autónomo que garantiza la aplicación de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca y con ello propicia el desarrollo de nuestro sistema democrático.

2.- ¿Qué es la LEY DE TRANSPARENCIA?

Es un ordenamiento que rige en todo el estado de Oaxaca. Obliga a todas las autoridades, municipales y estatales, a brindar toda la información pública sobre sus actividades, cuando los ciudadanos la soliciten. Esta ley fue aprobada por el Congreso del Estado el 28 de febrero de 2008, publicada el 15 de marzo del 2008 en el Periódico Oficial y entra en vigor el 21 de julio de 2008.

3.- ¿Para qué sirve la LEY DE TRANSPARENCIA?

Para garantizar a los oaxaqueños el derecho a saber todos los actos de las autoridades locales.

4.- ¿Qué hace el IEAIP?
  • Promueve y garantiza el acceso a la información.
  • Recibe y resuelve quejas cuando alguna autoridad niega información.
  • Difunde por distintos medios la información pública disponible.
  • Protege los datos personales de los servidores públicos.
5.- ¿Cuándo inició funciones el IEAIP?

El 22 de julio de 2008, un día después de entrada en vigor la Ley de Transparencia.

6.- ¿Quiénes están obligados a brindar información pública?
  • Toda autoridad, entidad, u organismo del gobierno estatal y de los Municipios.
  • Los 3 poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
  • Órganos Autónomos como el Tribunal Contencioso Administrativo, el Instituto Estatal Electoral, la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos, la Comisión Estatal de Arbitraje Médico y las Instituciones de Educación Superior Públicas, entre otras.
  • Organismos desconcentrados o descentralizados y las empresas de participación estatal y municipal; así como los fideicomisos estatales y municipales.
  • Las Juntas en materia de trabajo.
  • Las personas físicas o morales que ejerzan recursos públicos o presten servicios públicos concesionados.
  • A todas estas entidades la ley los cataloga como sujetos Obligados.
7.- ¿Qué TIPO DE INFORMACIÓN resguardan los Sujetos Obligados?
  • Información Pública de Oficio.
  • Información Reservada.
  • Información Confidencial.
8.- ¿Qué es la INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO?

Es la que los Sujetos Obligados deben tener a disposición del público y debe actualizarse dentro de los 60 días naturales, luego de haber surgido, entre estas figuran: estructura orgánica, marco normativo, facultades, atribuciones, directorio, salarios, presupuestos, metas, objetivos, servicios, requisitos, deuda pública, contratos, convenios, etc.

9.- ¿Qué es la INFORMACIÓN RESERVADA?

La que no se encuentra disponible al público de inmediato y se trata de información que puede poner en riesgo la seguridad nacional, estatal o municipal o que afecte negociaciones que sean de evidente beneficio social para el Estado.

Los Sujetos Obligados elaboraran semestralmente, por rubros temáticos, un índice de los expedientes clasificados como reservados reportados al IEAIP. Ello no significa la inexistencia de los datos sino una limitación por cierto tiempo para darlos a conocer.

10.- ¿Qué es la INFORMACIÓN CONFIDENCIAL?
  • Es la que se refiere a la vida privada y datos personales de todos los ciudadanos en el estado. Por ley no está disponible al público y sólo tienen acceso a ella los servidores públicos que requieran conocerla para el debido ejercicio de sus funciones, en especial, las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia que corresponda a un determinado proceso judicial.
  • Entre los datos personales de los ciudadanos figuran sus características físicas, morales o emocionales; vida afectiva y familiar; domicilio, número telefónico; patrimonio; ideología y opiniones políticas; creencias o convicciones religiosas o filosóficas; estado de salud físico y mental; y hasta preferencias sexuales.
11.- ¿Cómo debe resguardarse la Información que generan y almacenan los Sujetos Obligados?
  • En DOCUMENTOS clasificados y guardados en Archivo administrativo de actualización continua.
  • Los DOCUMENTOS se refieren a: expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, estadísticas o cualquier otro registro en posesión de los Sujetos Obligados y los servidores públicos, sin importar su fuente o fecha de elaboración.
  • Podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico.
12 ¿Cómo obtiene el CIUDADANO la Información resguardada por los Sujetos Obligados?

Con una solicitud escrita libremente, verbal, en los formatos diseñados por el IEAIP, disponibles en las Unidades de Enlace de los Sujetos Obligados o através de los medios electrónicos.

13.- ¿Qué es la UNIDAD DE ENLACE del Sujeto Obligado?
  • Es un área en cada institución o instancia de la administración pública del Sujeto Obligado que atiende a los ciudadanos; otorga información de manera GRATUITA, y los orienta de acuerdo al formato en el que se soliciten la información, los Costos son según lo dispuesto en la ley de derechos y otras ordenanzas al respeto.
  • LA UNIDAD DE ENLACE, auxilia a los ciudadanos en la elaboración de su solicitud; sobre todo cuando el solicitante no sabe leer ni escribir.
14.- ¿Se debe explicar a la Unidad de Enlace para qué se requiere la información?

No. En ningún caso la entrega de información pública estará condicionada a la explicación del uso que se le dará, únicamente cuando se trate de información confidencial se deberá exponer el interés del solicitante, para encauzarla adecuadamente.

15.- ¿Qué son los COMITÉS DE INFORMACIÓN?

Es el cuerpo colegiado de los sujetos obligados, encabezado por el titular de la dependencia y funcionarios designados por él, para resolver las peticiones que remita la unidad de enlace.

16.- ¿Cuántos días debe esperar el ciudadano para recibir respuesta?

Toda solicitud presentada debidamente ante la Unidad de Enlace del Sujeto Obligado, y una vez ADMITIDA con ACUSE DE RECIBO deberá ser resuelta en un plazo NO MAYOR a 15 días HÁBILES.
  • Este plazo podrá ampliarse hasta por otro periodo de 15 días HÁBILES cuando no sea posible reunir la información solicitada, pero la Unidad de Enlace deberá comunicarlo al solicitante antes del vencimiento del primer plazo.
  • Salvo que la información solicitada sea de carácter reservado, confidencial o inexistente, el Sujeto Obligado deberá darle al solicitante acceso a la información en un periodo de tiempo NO MAYOR a los 10 días HÁBILES.
17.- ¿Qué puede hacer el ciudadano si un Sujeto Obligado le niega información?

Tiene EL RECURSO DE REVISIÓN que es un medio de defensa jurídica para exigir al Sujeto Obligado que reconsidere una resolución negativa.

18.- ¿Cómo se presenta un RECURSO DE REVISIÓN?

El ciudadano a quien se le haya negado la información podrá interponer por escrito el RECURSO DE REVISIÓN ante la Unidad de Enlace que corresponda, dentro de los 15 días HÁBILES siguientes a la fecha de la notificación de la negativa.

La Unidad de Enlace asesorará al ciudadano en todo lo necesario cuando éste ignore el procedimiento para formular y presentar el RECURSO DE REVISIÓN.

19.- ¿En qué tiempo debe responderse al RECURSO DE REVISIÓN?
  • La Unidad de Enlace deberá remitir el RECURSO DE REVISIÓN al IEAIP dentro de los 3 días SIGUIENTES A SU RECEPCIÓN.
  • El IEAIP resolverá el recurso de revisión y puede ordenar al Sujeto Obligado que permita al ciudadano el acceso a la información solicitada, una vez admitida.
20.- ¿Qué ocurre si un Sujeto Obligado no atiende el RECURSO DE REVISIÓN?
  • Si el IEAIP encuentra que un servidor público incurrió en responsabilidad, lo hará del conocimiento del órgano interno de control del Sujeto Obligado para que se opere la sanción correspondiente y que está señalada en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca.
  • Las resoluciones del IEAIP son definitivas e inatacables para los Sujetos Obligados.
Domicilio


Ver Instituto Estatal de Acceso a La Información Pública de Oaxaca en un mapa ampliado


Amapolas 510, Colonia Reforma, C.P. 68050.
Entre Eucaliptos y Belisario Dominguez.
Telefonos: (951) 5151190, 5152257, 5152321.
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